Vence la Recategorización de los Trabajadores Autónomos
Recordamos que la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, dispuso que mañana jueves, 30 de junio vence la recategorización de los trabajadores autónomos, quienes hayan percibido durante el año 2010 ingresos brutos inferiores o superiores deberán recategorizarce y cuota que deberán abonar cambia a partir de julio y ya la semana que viene se debe comenzar a pagar, la misma estará vigente por un año, hasta junio de 2012.
Los trabajadores que realicen actividades de forma independiente deberán poner al día su situación impositiva ante la AFIP para así actualizar su pago mensual. La recategorización vence el 30 de junio de 2011.
La AFIP dispuso que los trabajadores Autónomos actualicen su situación fiscal y, definan cual será su pago mensual en base a parámetros de honorarios que llevan más de cuatro años sin ser modificados.
Esquema a tener en cuenta para la Recategorización de los Trabajadores Autónomos:
- Categoría I. Aporte mensual de $ 227,76:
- Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $ 20.000.
- Comerciantes con ingresos anuales hasta $25.000.
Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).
- Categoría II. Aporte mensual de $ 318,86:
- Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los $20.000.
- Comerciantes con ingresos anuales superiores a $25.000.
- Categoría III. Aporte mensual de $ 455,52:
- Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos anuales inferiores o iguales a los $15.000.-.
- Categoría IV. Aporte mensual de $728,84:
- Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos entre $15.001.- y $30.000.- inclusive.
- Categoría V. Aporte mensual de $1.002,15:
- Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos superiores a los $30.000.-.
- Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley Nº 24.828 Categoría I $78.29.
Emiten dictamen para eliminar las sumas no remunerativas en los salarios
14 de abril de 2011
La Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados sacó hoy un dictamen en relación al proyecto que sancionó el Senado para eliminar, en forma progresiva, las sumas no remunerativas y su inclusión en los salarios del sector privado en un plazo de seis meses.
El despacho ahora tendrá que ser revisado por la comisión de Presupuesto y Hacienda antes de ser considerado en el recinto.
El radicalismo, Proyecto Sur y la Coalición Cívica pidieron en la Comisión de Legislación del Trabajo que el alcance de la ley llegase al sector público, pero el oficialismo consideró que ello debe ser materia de una ley posterior.
Finalmente el despacho fue firmado con disidencias parciales de parte de la oposición.
El presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, Héctor Recalde (FPV), vinculado a su vez con la CGT, presidió la reunión en la que se consideró el asunto que impulsó el senador radical Nito Artaza en la Cámara alta, donde obtuvo sanción el 15 de marzo último.
El texto dispone que “a partir del primero de 2011 toda suma cuya obligación de pago a favor de los trabajadores que se establezca en convenios colectivos tendrá carácter remunerativo”.
También señala que “las sumas no remuneratorias que se encontraran previstas en convenios o acuerdos colectivos celebrados con anterioridad, adquirirán carácter remuneratorio de manera escalonada y progresiva a razón de un 20 por ciento de su valor por cada trimestre, contados a partir de los 90 días de publicación” de la ley.
Por otra parte, la iniciativa indica que “en las negociaciones colectivas que se desarrollen en el año 2011, las sumas con carácter no remunerativo sólo podrán mantener tal carácter por el término de seis meses” y ordena que “las sumas con carácter no remunerativo pactadas en el año 2011 no podrán ser superiores al 50 por ciento del incremento salarial acordado en esa negociación colectiva”.
Ahora resta que lo discuta la Comisión de Presupuesto para que pueda ser incluido en las próximas sesiones ordinarias
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El radicalismo, Proyecto Sur y la Coalición Cívica pidieron en la Comisión de Legislación del Trabajo que el alcance de la ley llegase al sector público, pero el oficialismo consideró que ello debe ser materia de una ley posterior.
Finalmente el despacho fue firmado con disidencias parciales de parte de la oposición.
El presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, Héctor Recalde (FPV), vinculado a su vez con la CGT, presidió la reunión en la que se consideró el asunto que impulsó el senador radical Nito Artaza en la Cámara alta, donde obtuvo sanción el 15 de marzo último.
El texto dispone que “a partir del primero de 2011 toda suma cuya obligación de pago a favor de los trabajadores que se establezca en convenios colectivos tendrá carácter remunerativo”.
También señala que “las sumas no remuneratorias que se encontraran previstas en convenios o acuerdos colectivos celebrados con anterioridad, adquirirán carácter remuneratorio de manera escalonada y progresiva a razón de un 20 por ciento de su valor por cada trimestre, contados a partir de los 90 días de publicación” de la ley.
Por otra parte, la iniciativa indica que “en las negociaciones colectivas que se desarrollen en el año 2011, las sumas con carácter no remunerativo sólo podrán mantener tal carácter por el término de seis meses” y ordena que “las sumas con carácter no remunerativo pactadas en el año 2011 no podrán ser superiores al 50 por ciento del incremento salarial acordado en esa negociación colectiva”.
Ahora resta que lo discuta la Comisión de Presupuesto para que pueda ser incluido en las próximas sesiones ordinarias de la Cámara.

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12 de abril de 2011
Luego de haber cumplido con el objetivo de tener dos sesiones durante marzo, los jefes de bloque de la Cámara alta deberán llegar a un acuerdo este martes, durante la reunión de Labor Parlamentaria, para poder sancionar el miércoles el nuevo régimen de servicio doméstico, que fue aprobado por Diputados el 16 de marzo.
El proyecto en cuestión, que tiene preferencia -con dictamen- para ser tratado por el pleno del Senado en la sesión de este miércoles, y que es impulsado por el Poder Ejecutivo, primero deberá conseguir el despacho favorable de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara alta, que se reunirá ese mismo día, a partir de las 11.30, en el Salón Eva Perón del Palacio Legislativo. El titular de dicho cuerpo es el legislador radical Alfredo Martínez.
Si esta iniciativa es acordada, se convertirá en el tema principal a ser votado en el recinto, aunque también se tratarán algunos acuerdos internacionales, entre otras cosas. Sobre los demás proyectos de ley, todavía no hay certezas. Fuentes legislativas aseguraron este martes a Parlamentario.com que existió una posibilidad de cancelar la sesión, aunque la misma sigue en pie.
Un tema que podrían poner sobre el tapete los senadores antikirchneristas es el relacionado con la reforma del Instituto de Estadística y Censos (INDEC), que ya tiene un dictamen de comisión que fue rechazado por el oficialismo. El problema de los opositores es que no cuentan con el número para llevarlo al recinto. Todo se sabrá este martes cuando finalice la reunión de Labor Parlamentaria que se realizará, a partir de las 12, en el despacho del vicepresidente de la Nación y titular de la Cámara alta, Julio Cobos.
11 de abril de 2011
La Federación de Empleados de Comercio reclamó un aumento superior al 33 por ciento en los salarios básicos, por encima de la pauta que acordó el gremio de Camioneros en acuerdo con el Gobierno. El sindicato que encabeza Armando Cavalieri, con más de un millón de afiliados, reclamó llevar el básico inicial de 3.001 a 4.000 pesos, lo que implica una suba del 33,3 por ciento.
También reclamó que ese porcentaje se extienda al resto de las categorías y que se aplique sobre todas “las remuneraciones que por todo concepto perciban los trabajadores de la actividad”, en alusión a las llamadas “sumas no remunerativas”.
El pedido fue labrado en un documento y enviado el pasado miércoles 6 de abril, aunque todavía esperan la respuesta de la patronal, ya que hasta el momento no se pronunció al respecto.
Por su parte, la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), una actividad que engloba a más de 300.000 trabajadores, pidió un aumento del 30 por ciento.
También el gremio de la Alimentación solicitó un pedido que incluiría un básico inicial de 4.000 pesos, equivalente al 33 por ciento.
Durante marzo, el gremio de Camioneros, que lidera Pablo Moyano y cuyo referente principal es el titular de la CGT, Hugo Moyano, cerró un acuerdo con el Gobierno por un aumento del 24 por ciento.
Ese porcentaje se creyó que iba a permitir que los otros sindicatos hicieran pedidos de suba de salarios por una cifra igual, pero finalmente la mayoría se mantiene en reclamar no menos del 30 por ciento al tomar como referencia la inflación dada a conocer por organismos privados.
Diputados aprobó nuevo régimen para empleadas domésticas
La Cámara de Diputados aprobó el miércoles por unanimidad y giró al Senado un nuevo régimen para las empleadas de casas particulares que incluye vacaciones pagas, licencia por maternidad, aguinaldo e indemnización por despido, al equiparar los beneficios del personal doméstico con el del resto de los trabajadores en relación de dependencia.
La iniciativa, aprobada por 193 votos en el marco de la primera sesión del año de la cámara baja, establece una modificación de la ley de contrato de trabajo y busca limitar la jornada laboral a 8 horas e incorpora las licencias por maternidad, jubilación y vacaciones para las empleadas de casas particulares.
La sesión se inició poco después de las 15,35 con el rechazo de la cámara baja al pedido de licencia presentado por el diputado salteño Alfredo Olmedo, a quien la justicia investiga por tener presuntamente contratados en su finca de la provincia de La Rioja, trabajadores en condiciones de esclavitud.
Luego, la cámara baja realizó un homenaje por el Día internacional de la Mujer, celebrado el 8 de marzo pasado, en el que varias legisladoras expusieron sobre la necesidad de profundizar la lucha por los derechos de las mujeres y en contra de la violencia de género.
Se trata de un proyecto que busca limitar la jornada laboral a 8 horas e incluye licencia por maternidad, jubilación y vacaciones para las empleadas de casas particulares, y está basado en el texto enviado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, en marzo de 2010, en conmemoración del Día de la Mujer.
El texto -que recibió una serie de modificaciones en su debate en comisión- establece que la jornada laboral quedará limitada a 8 horas por día y 48 horas semanales, a diferencia de la ley vigente que permite hasta 12 horas diarias de trabajo para el personal sin retiro, y no pone límites horarios al personal con retiro.
Una vez que se convierta en ley el proyecto, el empleador podrá establecer una distribución desigual de las 48 horas de trabajo semanales pero sin que ninguna jornada exceda las 9 horas.
La norma establece además un descanso semanal mínimo de 35 horas, a partir del sábado entre las 13 y las 16, mientras que la cantidad de días de vacaciones también se va a equiparar a lo que establece la Ley de Contrato de Trabajo, con 14 días por año que van aumentando según la antigüedad.
De acuerdo al texto, las empleadas de casas particulares tendrán además la misma cantidad de días de licencia por enfermedad, el empleador deberá contratar un seguro de riesgos de trabajo y la indemnización por despido se duplicará (hoy es de un mes de sueldo por cada año de antigüedad).
La iniciativa, que prohíbe además el trabajo a menores de 16 años, se aplicará en todos los casos (hasta ahora cubre sólo a quiénes trabajan más de 4 horas por día, 4 veces por semana) e incluye a niñeras y a quienes cuiden adultos o discapacitados, sin conocimientos profesionales.
El texto define al trabajo en casas particulares como “toda prestación de servicio o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento y otras actividades típicas del hogar” y busca saldar “de inmediato” una deuda social “a los fines de enmendar el atraso notable en la regulación normativa de este sector laboral”, de acuerdo a los fundamentos.
Extenderán a todo el año rebaja de Ganancias para autónomos
17 de marzo de 2011
La AFIP extenderá a los autónomos el beneficio otorgado a los trabajadores en relación de dependencia de diferir el pago de la deuda del Impuesto a las Ganancias que se generó al no haber sido aprobado por el Congreso el incremento del 20% en los valores de las deducciones personales previsto para 2010.
En las próximas horas se emitirá una resolución que beneficiará a los autónomos con el mismo criterio con el que se trasladó a 2012 el pago del saldo del Impuesto a las Ganancias que surgiría de retrotraer la suba de las deducciones personales para trabajadores en relación de dependencia.
Esto significa que los autónomos no deberán devolver al fisco los anticipos que hubieran pagado aplicando la suba del 20% en las deducciones personales, y también aplicarán ese porcentaje de incremento para el saldo de su declaración jurada anual, la que debe ser presentada en abril próximo. El mismo porcentaje se mantendrá para los anticipos de 2011.
La Resolución de AFIP establecerá un nuevo aplicativo para presentar las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias que contemple esta situación y que permita que no quede exteriorizada una deuda a favor del fisco.
Mediante la Resolución General 2.866, de julio de 2010, se estableció un procedimiento para el cálculo de las retenciones correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2010 correspondientes al Impuesto a las Ganancias que pagan los trabajadores en relación de dependencia, y a través de la Resolución General 2.867, un procedimiento especial para el cálculo de los anticipos imputables al período fiscal 2010 de los trabajadores autónomos, en ambos casos, a través del incremento en un 20% del valor de las deducciones personales previstas en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, explicó Carlos Fernández, de Crowe Horwath.
Esas resoluciones fueron dictadas por el Gobierno confiando en que el Congreso aprobaría junto con el Presupuesto 2011 el incremento del 20% en las deducciones personales en el Impuesto a las Ganancias de trabajadores en relación de dependencia y autónomos, mediante la promulgación de la respectiva norma modificatoria de la Ley de Ganancias.
Como el Congreso no aprobó la ley, el fisco se vio obligado al dictado de la Resolución General 3.008 en enero pasado, la cual dispuso, con carácter de excepción, que la retención del saldo resultante de la liquidación anual del período fiscal 2010 correspondiente a los trabajadores en relación de dependencia, se efectúe conjuntamente con la correspondiente a la liquidación anual del período fiscal 2011. Esto en la práctica significa el diferimiento efectivo de su ingreso para 2012, indicó Fernández.
La AFIP venía dilatando la resolución que debe beneficiar a los autónomos, y los contribuyentes se quejaron de que se haya retrasado la resolución del organismo recaudador, de tal manera que estarán obligados a cumplir con su obligación cerca de la fecha de vencimiento. Fernández concluyó que se debe mantener a los autónomos el mismo beneficio del que gozará el personal asalariado es necesaria por el principio de igualdad ante la ley.
17 de marzo de 2011
La Cámara de Senadores realizó ayer su primera sesión ordinaria del año y dio media sanción a una iniciativa que modifica la ley de Contrato de Trabajo, donde se eliminan las sumas no remunerativas de los salarios para trabajadores privados.
El proyecto, una iniciativa acordada entre el justicialismo y el radicalismo de ambas Cámaras, favorece a los empleados que deben jubilarse o encarar un despido, porque con la ley actual no tienen la posibilidad de que estos valores no remunerativos fueran tenidos en cuenta.
Pese a que la medida fue aprobada por unanimidad, el peronismo federal rechazó que el beneficio no se hiciera extensivo a los trabajadores públicos del estado nacional. Por otra parte, el Senado también aprobó, y giró a Diputados, un proyecto para modificar la Ley de Tarjetas de Crédito.
La iniciativa obliga a las firmas emisoras de tarjetas a colocar un ítem en el resumen mensual en el cual se establezca la cantidad de cuotas que quedan por pagar en el caso de operaciones de crédito.
Además, le exige a los bancos que denuncien ante la Unidad de Investigación Financiera o ante la Justicia aquellas transacciones sospechadas de fomentar la pornografía infantil o la trata de personas.
Por otra parte, el Senado convirtió en Ley una iniciativa originada en la Cámara baja que sanciona a aquellas empresas que realicen exploraciones petroleras en zonas de la plataforma continental argentina sin permiso del gobierno nacional.
La iniciativa, que interpreta una resolución de 2007 de la Secretaría de Energía de la Nación, es una respuesta a la decisión del Reino Unido de otorgar licencias de exploración en la zona adyacente a las Islas Malvinas.
Con esta Ley, Argentina estará en condiciones de sancionar a aquellas empresas que, a la vez que exploran aguas en disputa con el Reino Unido, exploten yacimientos en zonas que no se encuentran en discusión.
La Cámara de Senadores de la Nación también aprobó y giró a Diputados un proyecto de ley para modificar el Código Penal ampliando los plazos de prescripción de los delitos que afecten la integridad sexual de los menores de edad.
La modificación establece que cuando la víctima de delitos contra la integridad sexual fuera un menor de 18 años, la prescripción de la acción penal comenzará a correr a partir de las 0 horas del día en que adquiera la mayoría de edad, y no a partir de la medianoche del día en que se cometió el delito.
Al correr el plazo de prescripción desde la medianoche del día en que la víctima cumple 18 años se permite que el abusado que no haya podido defenderse durante su niñez, en la que dependía de una representación legal forzosa, podrá hacerlo luego de alcanzada la mayoría de edad.
Previamente, el Senado había aprobado la creación de la “Banca de la Mujer”, una comisión permanente que estará integrada por todas las senadoras del cuerpo (actualmente son 26) y que se dedicará al análisis de proyectos y leyes vigentes relacionadas con la igualdad de derechos de género.
Esa comisión tendrá como tarea “asesorar, controlar y monitorear la efectividad y sanción de leyes relacionadas con la igualdad de derechos, oportunidades y trato entre varones y mujeres”.
El cuerpo también aprobó un proyecto de declaración de “solidaridad” con las víctimas del trágico terremoto y tsunami que vivió Japón la semana pasada, y cuyas consecuencias se hacen sentir sobre toda la nación asiática debido a la caótica situación en la que quedaron varios reactores nucleares cercanos a Tokio.
La AFIP registró un total de 230.000 monotributistas mal categorizados <!–
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) inició un control masivo de más de 1.300.000 contribuyentes, inscriptos en la categoría B del Régimen Simplificado “vendedores de cosas muebles”. De esa manera pudo detectar que alrededor de 230.000 monotributistas presentan inconsistencias entre los gastos operativos realizados y la categoría en la que se hallan encuadrados.
En la primera etapa, el objetivo es inducir a la recategorización voluntaria de los contribuyentes que presenten inconsistencias o incluso a la autoexclusión del régimen.
“El Régimen Simplificado fue creado con la idea de lograr la inclusión de los pequeños contribuyentes, por lo que es importante evitar el uso abusivo de ´falsos monotributistas` o el ´enanismo fiscal` que intencionalmente están mal inscriptos en el fisco para pagar menos impuestos”, aseguró el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
De acuerdo con los registros, hay 1.311.618 de monotributistas, vendedores de cosas muebles, que se encuentran registrados en la categoría B. Esta situación impositiva implica ingresos anuales de hasta 24 mil pesos.
Cabe destacar que en el mes de enero todos los monotributistas tienen la posibilidad de revisar sus ingresos y otros factores que determinan la categoría que les corresponde y, de ser necesario, recategorizarse.
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27 de enero de 2011 10:47
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) inició un control masivo de más de 1.300.000 contribuyentes, inscriptos en la categoría B del Régimen Simplificado “vendedores de cosas muebles”. De esa manera pudo detectar que alrededor de 230.000 monotributistas presentan inconsistencias entre los gastos operativos realizados y la categoría en la que se hallan encuadrados.
En la primera etapa, el objetivo es inducir a la recategorización voluntaria de los contribuyentes que presenten inconsistencias o incluso a la autoexclusión del régimen.
“El Régimen Simplificado fue creado con la idea de lograr la inclusión de los pequeños contribuyentes, por lo que es importante evitar el uso abusivo de ´falsos monotributistas` o el ´enanismo fiscal` que intencionalmente están mal inscriptos en el fisco para pagar menos impuestos”, aseguró el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
De acuerdo con los registros, hay 1.311.618 de monotributistas, vendedores de cosas muebles, que se encuentran registrados en la categoría B. Esta situación impositiva implica ingresos anuales de hasta 24 mil pesos.
Cabe destacar que en el mes de enero todos los monotributistas tienen la posibilidad de revisar sus ingresos y otros factores que determinan la categoría que les corresponde y, de ser necesario, recategorizarse.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) inició un control masivo de más de 1.300.000 contribuyentes, inscriptos en la categoría B del Régimen Simplificado “vendedores de cosas muebles”. De esa manera pudo detectar que alrededor de 230.000 monotributistas presentan inconsistencias entre los gastos operativos realizados y la categoría en la que se hallan encuadrados.
En la primera etapa, el objetivo es inducir a la recategorización voluntaria de los contribuyentes que presenten inconsistencias o incluso a la autoexclusión del régimen.
“El Régimen Simplificado fue creado con la idea de lograr la inclusión de los pequeños contribuyentes, por lo que es importante evitar el uso abusivo de ´falsos monotributistas` o el ´enanismo fiscal` que intencionalmente están mal inscriptos en el fisco para pagar menos impuestos”, aseguró el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
De acuerdo con los registros, hay 1.311.618 de monotributistas, vendedores de cosas muebles, que se encuentran registrados en la categoría B. Esta situación impositiva implica ingresos anuales de hasta 24 mil pesos.
Cabe destacar que en el mes de enero todos los monotributistas tienen la posibilidad de revisar sus ingresos y otros factores que determinan la categoría que les corresponde y, de ser necesario, recategorizarse.
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CAME rechaza un pedido de aumento salarial de los empleados de comercio <!–
El presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Osvaldo Cornide, rechazó ayer el pedido de aumento salarial realizado por el sector mercantil de entre el 30 y el 35% para este año y reclamó “responsabilidad” para que “no se acelere el proceso inflacionario”.
“Las pymes y el comercio no podrían pagar un incremento salarial del 30 o 35 por ciento”, afirmó Cornide en el marco de un encuentro que mantuvo con dirigentes del sector. El dirigente mercantil expresó que “la CAME hace más de cuarenta años que firma los Convenios Colectivos de Empleados de Comercio y entiende que sería perjudicial una escalada de precios y salarios”.
Para Cornide, “todos tenemos la obligación de cuidar que no se acelere el proceso inflacionario”. Esta posición asumida por el sector mercantil sale al cruce de trascendidos que indican que la Federación de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) recibió de sus seccionales del interior pedidos de nuevos ajustes salariales de hasta el 35 por ciento para 2011.
Las declaraciones de Cornide se suman a las que realizó en los primeros días de esta semana el dirigente de la UIA, Juan Carlos Sacco, que advirtió acerca de “pujas distributivas descontroladas”.
El industrial además anticipó que si prosperaran los reclamos de aumentos de sueldos del orden del 30 por ciento, “los empresarios los van a trasladar a los precios” . El miembro del comité ejecutivo de la UIA pidió que la proyección de la inflación anual del sindicalismo esté en línea con el 8,9 por ciento previsto oficialmente. “Si la proyección del Gobierno es de casi un 10%, las negociaciones arrancarán por un 15 por ciento para conseguir una protección de dos o tres puntos”, propuso el empresario.
(La Nacion)
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27 de enero de 2011 09:30
El presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Osvaldo Cornide, rechazó ayer el pedido de aumento salarial realizado por el sector mercantil de entre el 30 y el 35% para este año y reclamó “responsabilidad” para que “no se acelere el proceso inflacionario”.
“Las pymes y el comercio no podrían pagar un incremento salarial del 30 o 35 por ciento”, afirmó Cornide en el marco de un encuentro que mantuvo con dirigentes del sector. El dirigente mercantil expresó que “la CAME hace más de cuarenta años que firma los Convenios Colectivos de Empleados de Comercio y entiende que sería perjudicial una escalada de precios y salarios”.
Para Cornide, “todos tenemos la obligación de cuidar que no se acelere el proceso inflacionario”. Esta posición asumida por el sector mercantil sale al cruce de trascendidos que indican que la Federación de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) recibió de sus seccionales del interior pedidos de nuevos ajustes salariales de hasta el 35 por ciento para 2011.
Las declaraciones de Cornide se suman a las que realizó en los primeros días de esta semana el dirigente de la UIA, Juan Carlos Sacco, que advirtió acerca de “pujas distributivas descontroladas”.
El industrial además anticipó que si prosperaran los reclamos de aumentos de sueldos del orden del 30 por ciento, “los empresarios los van a trasladar a los precios” . El miembro del comité ejecutivo de la UIA pidió que la proyección de la inflación anual del sindicalismo esté en línea con el 8,9 por ciento previsto oficialmente. “Si la proyección del Gobierno es de casi un 10%, las negociaciones arrancarán por un 15 por ciento para conseguir una protección de dos o tres puntos”, propuso el empresario.
(La Nacion)
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El presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Osvaldo Cornide, rechazó ayer el pedido de aumento salarial realizado por el sector mercantil de entre el 30 y el 35% para este año y reclamó “responsabilidad” para que “no se acelere el proceso inflacionario”.
“Las pymes y el comercio no podrían pagar un incremento salarial del 30 o 35 por ciento”, afirmó Cornide en el marco de un encuentro que mantuvo con dirigentes del sector. El dirigente mercantil expresó que “la CAME hace más de cuarenta años que firma los Convenios Colectivos de Empleados de Comercio y entiende que sería perjudicial una escalada de precios y salarios”.
Para Cornide, “todos tenemos la obligación de cuidar que no se acelere el proceso inflacionario”. Esta posición asumida por el sector mercantil sale al cruce de trascendidos que indican que la Federación de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) recibió de sus seccionales del interior pedidos de nuevos ajustes salariales de hasta el 35 por ciento para 2011.
Las declaraciones de Cornide se suman a las que realizó en los primeros días de esta semana el dirigente de la UIA, Juan Carlos Sacco, que advirtió acerca de “pujas distributivas descontroladas”.
El industrial además anticipó que si prosperaran los reclamos de aumentos de sueldos del orden del 30 por ciento, “los empresarios los van a trasladar a los precios” . El miembro del comité ejecutivo de la UIA pidió que la proyección de la inflación anual del sindicalismo esté en línea con el 8,9 por ciento previsto oficialmente. “Si la proyección del Gobierno es de casi un 10%, las negociaciones arrancarán por un 15 por ciento para conseguir una protección de dos o tres puntos”, propuso el empresario.
(La Nacion)
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ARBA reglamentó el impuesto a la herencia
ARBA reglamentó el impuesto a la herencia <!–
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires reglamentó el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes que abarca a aquellas personas que sean beneficiarias de un incremento patrimonial obtenido a título gratuito, a partir de las herencias, legados y donaciones que pudiesen recibir. De acuerdo con lo establecido por la Legislatura provincial, el piso a partir del cual los beneficiarios de la herencia comenzarán a pagar el tributo (un 4% sobre el excedente) fue fijado en $ 200 mil por heredero, cuando se trate de personas con vínculo directo, como padres, hijos y cónyuge. En cambio, ese piso será de $ 50 mil, tomando en cuenta el monto total del enriquecimiento que le corresponde a cada heredero, cuando involucre a personas con un parentesco más lejano.
De acuerdo con lo que prevé la distribución del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, un 80% de los recursos que genere tendrá como destino el Fondo Provincial de Educación; un 10% se destinará al Fondo para el Fortalecimiento de Recursos Municipales; mientras que el 10% restante irá al Fondo Municipal de Inclusión Social.
“Se trata de un impuesto de clara raíz progresiva, que se rige por criterios de equidad impositiva y apunta a quienes evidencian un incremento patrimonial que está originado en una herencia o donación, haciendo explícita su capacidad contributiva”, explicó el titular de ARBA, Martín Di Bella.
La aplicación de este tributo generó un fuerte rechazo de los legisladores de la oposición durante el tratamiento de la Ley de Presupuesto 2011 que se aprobó en diciembre pasado. Tras ello, el Gobierno de Daniel Scioli liberó del pago del tributo a quienes hereden una propiedad valuada en hasta $ 100 mil que sea destinada a residencia única familiar. En contrapartida, se resolvió gravar con énfasis a las grandes herencias, con alícuotas que crecen a medida que se incrementa el patrimonio heredado y, del mismo modo, que aumentan cuanto más se aleja el grado de parentesco del heredero.
De aquí en más, todos los ciudadanos que sean beneficiarios de un incremento patrimonial obtenido a título gratuito deberán realizar una declaración jurada en la web de ARBA: www.arba.gov.ar.
“El trámite será simple y se desarrollará en forma completa desde internet, y requerirá que el beneficiario de la herencia utilice cualquiera de las claves de identificación tributaria asociadas a su CUIT, CUIL o CDI. En caso de que la persona no posea esa clave, podrá obtenerla en la propia web de la Agencia o en cualquiera de los centros de servicio”, dijo el gerente general de Recaudación de ARBA, Hernán García Zúñiga.
La Agencia de Recaudación de la provincia, en tanto, podrá ejercer todas sus facultades de control y fiscalización a efectos de verificar la veracidad de los datos que se suministren. Los contribuyentes que incumplan con la presentación de declaración jurada o la obligación de pago del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes serán pasibles de sanción, de acuerdo con lo que marcan los artículos 52, 53 y 54 (inciso A) del Código Fiscal. Algunas de esas multas prevén, por incumplir total o parcialmente con el pago de una obligación fiscal, un importe que va del 5% al 50% del monto del impuesto que se dejó de abonar. O, en el caso de que se incurra en defraudación fiscal, se estipulan sanciones que van del 50% al 300% del total del gravamen.
(Ámbito Financiero)
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27 de enero de 2011 11:15
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires reglamentó el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes que abarca a aquellas personas que sean beneficiarias de un incremento patrimonial obtenido a título gratuito, a partir de las herencias, legados y donaciones que pudiesen recibir. De acuerdo con lo establecido por la Legislatura provincial, el piso a partir del cual los beneficiarios de la herencia comenzarán a pagar el tributo (un 4% sobre el excedente) fue fijado en $ 200 mil por heredero, cuando se trate de personas con vínculo directo, como padres, hijos y cónyuge. En cambio, ese piso será de $ 50 mil, tomando en cuenta el monto total del enriquecimiento que le corresponde a cada heredero, cuando involucre a personas con un parentesco más lejano.
De acuerdo con lo que prevé la distribución del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, un 80% de los recursos que genere tendrá como destino el Fondo Provincial de Educación; un 10% se destinará al Fondo para el Fortalecimiento de Recursos Municipales; mientras que el 10% restante irá al Fondo Municipal de Inclusión Social.
“Se trata de un impuesto de clara raíz progresiva, que se rige por criterios de equidad impositiva y apunta a quienes evidencian un incremento patrimonial que está originado en una herencia o donación, haciendo explícita su capacidad contributiva”, explicó el titular de ARBA, Martín Di Bella.
La aplicación de este tributo generó un fuerte rechazo de los legisladores de la oposición durante el tratamiento de la Ley de Presupuesto 2011 que se aprobó en diciembre pasado. Tras ello, el Gobierno de Daniel Scioli liberó del pago del tributo a quienes hereden una propiedad valuada en hasta $ 100 mil que sea destinada a residencia única familiar. En contrapartida, se resolvió gravar con énfasis a las grandes herencias, con alícuotas que crecen a medida que se incrementa el patrimonio heredado y, del mismo modo, que aumentan cuanto más se aleja el grado de parentesco del heredero.
De aquí en más, todos los ciudadanos que sean beneficiarios de un incremento patrimonial obtenido a título gratuito deberán realizar una declaración jurada en la web de ARBA: www.arba.gov.ar.
“El trámite será simple y se desarrollará en forma completa desde internet, y requerirá que el beneficiario de la herencia utilice cualquiera de las claves de identificación tributaria asociadas a su CUIT, CUIL o CDI. En caso de que la persona no posea esa clave, podrá obtenerla en la propia web de la Agencia o en cualquiera de los centros de servicio”, dijo el gerente general de Recaudación de ARBA, Hernán García Zúñiga.
La Agencia de Recaudación de la provincia, en tanto, podrá ejercer todas sus facultades de control y fiscalización a efectos de verificar la veracidad de los datos que se suministren. Los contribuyentes que incumplan con la presentación de declaración jurada o la obligación de pago del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes serán pasibles de sanción, de acuerdo con lo que marcan los artículos 52, 53 y 54 (inciso A) del Código Fiscal. Algunas de esas multas prevén, por incumplir total o parcialmente con el pago de una obligación fiscal, un importe que va del 5% al 50% del monto del impuesto que se dejó de abonar. O, en el caso de que se incurra en defraudación fiscal, se estipulan sanciones que van del 50% al 300% del total del gravamen.
